Resolución Nro. C.U. 541-2018-UCACUE

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Título:

Resolución Nro. C.U. 541-2018-UCACUE

Descripción:

APROBAR EL INFORME DE RECOMENDACIONES PRESUPUESTARIAS 2018, CONTENIDO EN 6 NUMERALES:
1. NINGUNA ÁREA SOLICITARÁ LA CONCESIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS EXTRAPRESUPUESTARIOS ADICIONALES A LOS INCLUIDOS EN SU PLAN OPERATIVO ANUAL. POR TANTO, CUALQUIER NECESIDAD DE RECURSOS DEBERÁ SER FINANCIADA CON LOS SALDOS DE SUS RESPECTIVOS POAS Y EN ÚLTIMO DE LOS CASOS, A TRAVÉS DE CONSENSUAR TRANSFERENCIAS DE RECURSOS CON OTRAS ÁREAS QUE CONFIRMEN LA EXISTENCIA DE SALDOS PRESUPUESTALES DISPONIBLES QUE NO SERÍAN UTILIZADOS AL TÉRMINO DEL EJERCICIO ECONÓMICO ACTUAL.
2. SE RESTRINGIRÁ LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL DOCENTE, ADMINISTRATIVO Y/O DE SERVICIO. EN CASO DE GENERARSE UNA NECESIDAD, LA DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO ASUMIRÁ LA OBLIGACIÓN DE EVALUAR EL CONTINGENTE DEL RECURSO HUMANO DEL ÁREA REQUIRENTE. CON ESTE DIAGNÓSTICO, DE DESPRENDERSE LA NECESIDAD DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL ADICIONAL, SE REQUERIRÁ NECESARIAMENTE LA CERTIFICACIÓN DE LA DIRECCIÓN CITADA RESPECTO DE QUE LA PARTIDA CORRESPONDIENTE SE ENCUENTRA INCLUIDA EN EL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO CORRIENTE. CASO CONTRARIO, SERÁ NECESARIA LA CERTIFICACIÓN DE QUE LA COBERTURA DE LAS NUEVAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PUEDA SER SATISFECHA A TRAVÉS DEL APORTE DE PERSONAL DE LA MISMA ÁREA. ESTA EVALUACIÓN SERÁ SOMETIDA A CONOCIMIENTO DEL SEÑOR RECTOR, AUTORIDAD QUE EN ÚLTIMA INSTANCIA DEFINIRÁ LA CONVENIENCIA O NO DE LA CONTRATACIÓN.
3, SE PROHÍBE EJECUTAR SOLICITUDES DE MODIFICACIÓN O TRANSFERENCIA PRESUPUESTAL CON LA FINALIDAD DE FINANCIAR RECURSOS PARA EL PAGO DE VIÁTICOS, SUBSISTENCIAS Y PASAJES, AL INTERIOR O EXTERIOR.
DEBE COMPRENDERSE QUE ESTA MEDIDA NO IMPLICA PROHIBIR DESPLAZAMIENTOS PARA LA CONCRECIÓN DE COMISIONES DE SERVICIOS; AL CONTRARIO, LOS MISMOS SE VIABILIZARÁN SIEMPRE Y CUANDO EXISTAN RECURSOS PRESUPUESTADOS.
LAS COMISIONES DE SERVICIOS Y POR TANTO LA UTILIZACIÓN DE PARTIDAS PRESUPUESTALES CONSIGNADAS PARA LA COBERTURA DE GASTOS DE VIÁTICOS, SUBSISTENCIAS Y PASAJES (AL INTERIOR Y/O EXTERIOR), SERÁN PREVIAMENTE AUTORIZADAS POR SEÑOR RECTOR, SRA. VICERRECTORA ACADÉMICA Y SR. VICERRECTOR ADMINISTRATIVO, SEGÚN SUS RESPECTIVAS ÁREAS DE COMPETENCIA; AUTORIZACIÓN QUE DEBERÁ VIABILIZARSE EN LA MEDIDA DE QUE LA COMISIÓN DE SERVICIOS ESTÉ PLENAMENTE JUSTIFICADA Y CONSTITUYA UN REQUERIMIENTO QUE NECESARIAMENTE DEBA SER EFECTIVIZADO. EN CASO DE QUE EN LAS SESIONES DE ORDEN ACADÉMICO Y ADMINISTRATIVO, SE REQUIERA CONTAR CON FUNCIONARIOS DE LAS SEDES Y EXTENSIONES; Y, CON EL PROPÓSITO DE DAR FUNCIONALIDAD A LAS HERRAMIENTAS TECNOLÓGICAS QUE TENEMOS ACTUALMENTE, ÉSTAS SESIONES SE REALIZARÁN VÍA VIDEO CONFERENCIA.
4. LAS ADQUISICIONES DE EQUIPOS DE OFICINA Y/O EQUIPOS Y SUMINISTROS INFORMÁTICOS, PREVIO A SER REQUERIDOS, NECESARIAMENTE DEBERÁN CONTAR CON EL AVAL EFECTIVAMENTE FUNDAMENTADO Y ESCRITO GENERADO POR LA DIRECCIÓN DE TICS, UNIDAD QUE EVALUARÁ LA NECESIDAD, VIDA ÚTIL DEL (LOS) EQUIPO (S) A SER SUSTITUIDO (S), SITUACIÓN ACTUAL DEL (LOS) ACTIVO (S), Y/O POSIBILIDAD DE REPOSICIÓN.
POR TANTO, LA DIRECCIÓN DE TICS PROCEDERÁ DE SIMILAR MANERA A LA QUE LE SERÁ REQUERIDA PARA EL PRÓXIMO EJERCICIO ECONÓMICO (2019), ESTO ES LA CONCEPCIÓN DE UN DIAGNÓSTICO INFORMÁTICO INTEGRAL PARA EFECTOS DE LA PRESUPUESTACIÓN.
SOLO DE ESTA FORMA Y CON LA FAVORABILIDAD DEL PRONUNCIAMIENTO, LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DARÁ CURSO A LA ADQUISICIÓN.
5. DURANTE EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO NO SE EJECUTARÁN ADQUISICIONES DE VEHÍCULOS, ASÍ COMO ADECUACIONES DE ESPACIOS FÍSICOS E/O INSTALACIONES (OBRAS).
LOS RECURSOS PRESUPUESTADOS PARA TALES FINES SERÁN TRANSFERIDOS A OTRAS ACTIVIDADES Y/O CLASIFICADORES DE GESTIÓN FINANCIERA, DE MANERA QUE SE POSIBILITE CONTRARRESTAR EL EFECTO DE LAS REFORMAS PRESUPUESTALES.
SIN EMBARGO, TRATÁNDOSE DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA, SERÁ EL DIRECTOR DE OBRAS QUIEN EXCEPCIONALMENTE EVALÚE LA NECESIDAD Y EMITA UN PRONUNCIAMIENTO ESCRITO DEBIDAMENTE FUNDAMENTADO RESPECTO DE LA PROCEDENCIA O NO DE LA EJECUCIÓN. LA EXCEPCIONALIDAD SERÁ CALIFICADA ÚNICAMENTE POR EL SEÑOR RECTOR DE LA UNIVERSIDAD.
6. LAS ADQUISICIONES DE MOBILIARIO, ENSERES, PERSIANAS, SE CONCRETARÁN EN LA MEDIDA DE QUE EXISTA UN PREVIO PRONUNCIAMIENTO ESCRITO DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, UNIDAD QUE EVALUARÁ EFECTIVAMENTE LA PROCEDENCIA DE LA SUSTITUCIÓN DEL ACTIVO.
ES DE ENTENDER QUE LA FAVORABILIDAD DEL PRONUNCIAMIENTO SE SUSTENTARÁ EN LA NECESIDAD IMPERIOSA DE REPONER LOS BIENES.

Autor:

Secretaría General

Fecha:

20/06/2018

Formato:

PDF

Idioma:

Español

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Cita

Secretaría General, “ Resolución Nro. C.U. 541-2018-UCACUE,” Repositorio Institucional de Documentación Abierta (Universidad Católica de Cuenca), consulta 21 de noviembre de 2024, https://documentacion.ucacue.edu.ec/items/show/1398.